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Contenido: el mobiliario, los accesorios y cualquier otro artículo que figure en el inventario, que deberá ser completado y firmado por el arrendador y el arrendatario cuando este último ocupe la habitación.
Partes comunes de la residencia: tal y como se menciona en la cláusula 1.2.
Garante: Dicha persona o personas deben ser residentes en el Reino Unido, estar designadas por el inquilino y ser aceptadas por el propietario. El garante debe ser un adulto que trabaje a tiempo completo. Se puede solicitar una prueba de su situación.
1.1 El Arrendador acuerda alquilar y el Arrendatario acuerda alquilar la Habitación durante el Plazo, junto con otras personas, en el Piso de la Residencia.
1.2 El inquilino tendrá derecho a utilizar para acceder a la entrada, el ascensor (si lo hubiera), la escalera y los rellanos de la residencia que conducen al piso y a la habitación (en lo sucesivo, las «partes comunes de la residencia»).
1.3 El inquilino se compromete a designar a una persona residente en el Reino Unido para que actúe como garante de las responsabilidades del inquilino, según los términos del presente contrato, incluido el requisito de pagar el alquiler. No se requerirá un garante si el inquilino paga el alquiler total por adelantado.
1.4 El garante propuesto deberá, a juicio exclusivo del arrendador, tener una solvencia financiera suficiente para poder cumplir con las obligaciones del arrendatario en virtud del presente contrato.
1.5 El garante deberá firmar un documento de garantía con el arrendador antes de la fecha de inicio del contrato.
1.6 El Arrendador se reserva el derecho, a su discreción, de no permitir al Arrendatario ocupar la Habitación o el Apartamento hasta que el Garante haya firmado y completado el contrato de garantía.
1.7 El arrendador se reserva el derecho a cobrar los gastos razonables en que incurra en relación con cualquier modificación del presente contrato (por ejemplo, un cambio en la identidad del garante o un cambio en la forma de pago). El arrendador tiene plena discreción para aceptar o no una solicitud de modificación del presente contrato, pero no denegará su consentimiento sin motivos razonables.
ALQUILER
2.1 El inquilino pagará el alquiler por adelantado en las fechas de pago especificadas, sin compensación alguna, se le haya solicitado o no.
2.2 Si el inquilino no paga el alquiler en las fechas de pago especificadas, deberá pagar intereses por el alquiler atrasado.
2.3 El inquilino deberá pagar un interés del 3 % anual por encima del tipo básico del National Westminster Bank Plc sobre cualquier alquiler legalmente adeudado que se pague más de 14 días después de la fecha de vencimiento. El interés se pagará desde la fecha en que se debería haber pagado el alquiler hasta la fecha en que se pague realmente.
2.4 El inquilino incumplirá el presente contrato si no abona el alquiler de conformidad con la presente cláusula, y el arrendador tendrá derecho a acogerse a las disposiciones legales contenidas en la Ley de Vivienda de 1988, en su versión modificada, o a cualquier otro recurso legal disponible para recuperar la posesión de la habitación.
2.5 Si se rechaza cualquier método de pago (por ejemplo, orden permanente, débito directo, pago con tarjeta de débito/crédito, cheque), el estudiante deberá pagar al arrendador cada vez que se produzca un rechazo una tasa administrativa de 30 £, que las partes reconocen como una tasa administrativa razonable.
2.6 Cualquier descuento en los pagos del alquiler está condicionado a que el inquilino realice todos los pagos adeudados en virtud del contrato en las fechas especificadas. El propietario tiene derecho a revocar cualquier promoción o descuento concedido si el inquilino no le paga las cantidades adeudadas en las fechas de vencimiento.
2.7 Si la habitación o la residencia sufren daños o destrucción por un riesgo asegurado, de tal forma que resulten inhabitables e inutilizables, se suspenderá el pago del alquiler hasta que la habitación vuelva a ser habitable y utilizable, salvo que los daños o la destrucción hayan sido causados por acciones deliberadas, negligencia o incumplimiento por parte del inquilino.
ÍNDICE
2.8 El inquilino mantendrá el contenido en buen estado y limpio, no modificará la habitación o el piso, ni hará agujeros ni fijará nada en las paredes, el techo o los suelos de la habitación o el piso, y devolverá el contenido al propietario al final del alquiler en el mismo estado (excepto por el desgaste normal) que se detalla en el inventario.
2.9 El inquilino deberá pagar una parte proporcional de los gastos adecuados y razonables de limpieza y reparación de los daños causados en las zonas comunes y el contenido si los inquilinos no los dejan limpios y en buen estado en cualquier momento durante el periodo de alquiler.
2.10 El arrendador y el arrendatario aceptan que el inventario se use como prueba en cualquier disputa relacionada con los cargos por desocupación.
USO DE LA PROPIEDAD
2.12 El inquilino solo podrá utilizar la habitación y el piso con fines residenciales y no para llevar a cabo actividades comerciales. Dado que el alojamiento se proporciona para estudiantes, es para uso exclusivo del inquilino, quien no podrá ocupar la habitación con ningún niño.
2.13 El inquilino no debe fumar (incluido el uso de cigarrillos electrónicos) en ninguna parte del edificio, salvo en las zonas habilitadas para fumadores.
2.14 El inquilino deberá tratar al propietario y a otras personas que se encuentren dentro y alrededor del edificio con respeto, y no deberá mostrar un comportamiento amenazante, abusivo o violento hacia otras personas, ni intimidarlas o acosarlas.
2.15 El inquilino no podrá tener mascotas ni ningún otro animal, pez, ave, reptil o insecto en la habitación, salvo que se trate de un animal adiestrado para ayudar a una persona con discapacidad registrada.
2.16 El inquilino no interferirá, utilizará indebidamente ni manipulará el sistema de alarma contra incendios y los dispositivos y equipos de seguridad contra incendios de la habitación y la residencia, y no obstruirá ninguna puerta cortafuegos ni vía de evacuación, ni desconectará los cierres automáticos de las puertas.
2.17 El inquilino no podrá introducir ni utilizar en la habitación, el piso o la residencia ningún aparato de gas, parafina, eléctrico o que queme aceite, velas o quemadores de incienso, ni materiales inflamables o combustibles, ni freidoras, ni ollas para cocinar arroz.
2.18 El inquilino no deberá hacer ni encargar duplicados de las llaves de la habitación, el piso o la residencia, ni sustituir ni añadir nuevas cerraduras a la habitación, el piso o la residencia. El inquilino deberá comunicar inmediatamente la pérdida de llaves a la oficina de la residencia, ya sea en persona, por teléfono, mensaje de texto o correo electrónico.
2.19 El inquilino no deberá dañar, alterar, decorar ni intentar reparar ninguna parte de la residencia o su contenido, ni retirar ningún elemento del contenido. El inquilino pagará una proporción justa y razonable, determinada por el propietario de forma razonable, de los gastos en que haya incurrido el propietario para reparar los daños causados en la habitación, el piso o la residencia y/o sustituir cualquier elemento fijo o accesorio dañado en los mismos, que hayan sido causados por actos u omisiones del inquilino o por cualquier incumplimiento por parte del inquilino de sus obligaciones en virtud del presente contrato.
2.20 Los gastos a los que se refiere la cláusula 4.20 anterior se repartirán como si:
(a) El inquilino causó todos los daños a la habitación (a menos que otra persona admita haberlos causado) y
(b) Todos los inquilinos del piso causaron conjuntamente los daños a las partes no alquiladas del piso (a menos que otra persona admita haberlos causado) y
(c) Todos los inquilinos con derecho a utilizar las partes comunes de la residencia causaron los daños a las partes comunes de la residencia (a menos que otra persona admita haberlos causado).
2.21 El inquilino no hará nada en la habitación que:
(a) cause molestias, incomodidades o disturbios a los vecinos dentro o fuera de la residencia;
(b) implique el uso de la habitación con fines inmorales o ilegales; o
(c) tenga como efecto la invalidación del seguro que el propietario ha contratado para la residencia o su contenido.
2.22 El inquilino se compromete a cumplir y respetar las normas y reglamentos de la residencia, que podrán modificarse ocasionalmente y notificarse al inquilino (por ejemplo, en la guía de bienvenida o en el programa de iniciación electrónico) o exhibirse en la oficina principal de la residencia o en cualquier otro lugar del recinto.
2.23 El inquilino podrá recibir visitas en horarios razonables y con una frecuencia razonable, siempre que dichas visitas no causen molestias o incomodidades a los demás. El inquilino podrá alojar a un máximo de un invitado durante un máximo de dos noches en una misma semana, siempre que ello no cause molestias o incomodidades a los demás residentes de la residencia.
2.24 El inquilino será responsable de la conducta y el comportamiento de sus visitantes, así como de cualquier daño que estos puedan causar.
2.25 El inquilino no podrá guardar ningún vehículo en su habitación o piso, salvo que se trate de una silla de ruedas. A los efectos del presente contrato, se entiende por «vehículo» cualquier tipo de bicicleta, scooter, cochecito, silla de paseo, carrito y repuestos de motor.
2.26 Cuando se apliquen restricciones de aparcamiento u otras restricciones para vehículos en la Residencia, el Inquilino no deberá aparcar ni permitir que ningún visitante aparque o deje ningún vehículo en el Alojamiento sin el permiso válido correspondiente. En algunos edificios se pueden aplicar cargos, que se comunicarán claramente antes del inicio del periodo de Arrendamiento.
SEGURIDAD
2.27 El inquilino no dejará la habitación desocupada durante ningún periodo de tiempo sin cerrar con llave y asegurar todas las puertas y ventanas.
2.28 El inquilino debe asegurarse de que todas las puertas y portones comunes, etc., estén cerrados con llave después de entrar o salir de la residencia.
2.29 El inquilino deberá hacer todo lo posible para asegurarse de que nadie le siga al entrar en la residencia, con el fin de proteger su propia seguridad y la de los demás inquilinos. Si un inquilino sospecha de la presencia de un posible intruso, deberá ponerse en contacto con un miembro del Yugo de inmediato.
2.30 Si un inquilino deja sus objetos personales en una zona común, lo hace bajo su propia responsabilidad.
2.31 El inquilino deberá notificar inmediatamente al propietario si tiene conocimiento de cualquier amenaza para la seguridad dentro de la residencia, como una persona o un paquete sospechosos, o si las puertas o ventanas no cierran con llave.
2.32 El inquilino no debe introducir en la residencia ninguna sustancia, equipo o artículo que sea ilegal o pueda causar daño, afectar a la salud o intimidar a otros inquilinos, empleados y visitantes de los residentes.
2.33 El inquilino se adherirá al proceso de correo/paquetería acordado y firmado a su llegada.
CESIÓN O SUBARRIENDO
2.34 Solo el inquilino puede vivir en la habitación. El inquilino no podrá ceder, subarrendar, traspasar ni compartir la posesión de la habitación, ni en su totalidad ni en parte.
2.35 El inquilino podrá cancelar el plazo restante del presente contrato si encuentra un inquilino sustituto para el resto del plazo y en las mismas condiciones que las del presente contrato (incluida la disposición relativa al avalista, si procede), siempre que, en primer lugar, el arrendador lo apruebe (sin que dicha aprobación pueda denegarse sin motivo justificado) y, en segundo lugar, el inquilino no tenga ningún pago atrasado en virtud del presente contrato. El arrendador se reserva el derecho de cobrar los gastos de limpieza razonables que se deriven de la solicitud del inquilino.
REPARACIONES Y MODIFICACIONES
2.36 El inquilino mantendrá el interior de la habitación limpio, ordenado y en las mismas condiciones que al inicio del alquiler (excepto por el desgaste normal) y, junto con los demás inquilinos del piso, mantendrá las zonas comunes del piso limpias, ordenadas y en condiciones similares.
2.37 El inquilino mantendrá limpias todas las ventanas a las que pueda acceder razonablemente y no manipulará los limitadores de apertura de las ventanas ni otros accesorios.
2.38 El inquilino deberá reemplazar y pagar sin demora todos los cristales rotos en la habitación o el piso en los que él o sus visitantes hayan causado el daño.
2.39 El inquilino no obstruirá los desagües y tuberías de la habitación, piso o residencia. Esta obligación no exige al inquilino realizar ninguna obra o reparación de la que sea responsable el propietario.
2.40 El inquilino no realizará ninguna modificación, adición ni redecoración de la habitación ni de ninguna parte del piso.
2.41 Si la residencia no dispone de un servicio de notificación de averías en línea, el arrendador informará al arrendatario al inicio del contrato de arrendamiento sobre cómo notificar las reparaciones.
2.42 El inquilino deberá informar de cualquier daño que sufra la residencia o su contenido tan pronto como sea posible después de haberlo detectado. En caso de emergencia, el inquilino deberá ponerse en contacto con el propietario inmediatamente. El inquilino no deberá intentar realizar ninguna reparación.
GASTOS
2.43 El coste razonable de la electricidad, el gas y el agua está incluido en el alquiler total de la habitación, pero el arrendador se reserva el derecho de revisarlo y, potencialmente, cobrar un recargo si el uso que hace el inquilino de dichos servicios públicos excede lo que el arrendador considera un nivel de uso residencial razonable. El arrendador considera que un nivel razonable no debe exceder las 400 libras esterlinas por período.
2.44 Si el inquilino debe obtener y pagar una licencia para cualquier televisor (incluido el uso de televisión por protocolo de Internet, IPTV) en la habitación y (junto con los demás inquilinos del piso) en el piso, se le comunicará antes de la fecha de inicio del alquiler.
2.45 El inquilino deberá, en un plazo de 7 días desde el inicio del plazo, proporcionar al propietario un certificado de exención debidamente cumplimentado en relación con el impuesto municipal o, en su defecto, reembolsar al propietario el impuesto municipal exigido por el ayuntamiento. Si el inquilino deja de ser estudiante de educación superior, deberá pagar cualquier impuesto municipal que se le imponga o compensar al propietario por dichos impuestos.
3.1 El arrendador proporcionará al arrendatario los medios adecuados para acceder a la habitación, el piso y la residencia.
3.2 El arrendador deberá asegurar (o tomar las medidas necesarias para contratar un seguro a través de un tercero) la residencia y su contenido contra pérdidas o daños por incendio y otros riesgos habituales («los riesgos asegurados»). El seguro del arrendador no cubre las pertenencias del arrendatario. Se recomienda al arrendatario que asegure sus pertenencias con una aseguradora de confianza.
3.3 El arrendador reparará cualquier daño causado por un riesgo asegurado, salvo que el daño haya sido causado por acciones deliberadas, negligencia o incumplimiento del arrendatario.
3.4 Si el inquilino paga el alquiler y cumple con los términos del presente contrato, el propietario permitirá al inquilino disfrutar tranquilamente de la habitación y la residencia sin ninguna interrupción por parte del propietario.
3.5 De conformidad con la sección 11 de la LTA de 1985, el arrendador deberá:
(a) mantener en buen estado la estructura y el exterior de la residencia (incluidos desagües, tuberías exteriores, canalones y ventanas exteriores);
(b) mantener en buen estado y funcionamiento las instalaciones de la habitación y la residencia para el suministro de agua, gas y electricidad y para el saneamiento (incluidos lavabos, fregaderos, bañeras y sanitarios); y
(c) mantener en buen estado y funcionamiento las instalaciones de la habitación y la residencia para la calefacción y el agua caliente.
3.6 El arrendador se encargará del mantenimiento de la cocina, la nevera, el congelador, el microondas y la ducha eléctrica (si estos electrodomésticos se encuentran en la habitación y/o el piso y han sido proporcionados por el arrendador).
3.7 El Arrendador no será responsable ante el Arrendatario por motivo de, y el Arrendatario no presentará ninguna objeción o reclamación con respecto a cualquier ruido, vibración, polvo o molestias que puedan surgir por la realización por parte del arrendador de cualquier trabajo, alteración, reparación o mantenimiento de la construcción en cualquier parte de la residencia o en cualquier propiedad contigua o adyacente, ni tendrá derecho el arrendatario a objetar cualquier interferencia en el acceso de luz y aire a la residencia causada por tales trabajos, alteraciones o adiciones a cualquier propiedad (incluida la residencia) que se deriven de los mismos.
4.1 El arrendador se reserva el derecho a volver a entrar en la habitación si:
(a) el alquiler no se ha pagado 14 días después de su vencimiento, independientemente de si se ha exigido formalmente o no;
(b) el inquilino se declara en quiebra en virtud de la Ley de Insolvencia de 1986;
(c) el inquilino ha incumplido el contrato; o
(d) se da cualquiera de los motivos 8, 10 a 15 y 17 establecidos en el Anexo 2 de la Ley de Vivienda de 1988 (entre los que se incluyen el impago del alquiler o de cualquier otra cantidad similar, el incumplimiento del contrato de alquiler, causar molestias o incomodidades a los vecinos y realizar actividades ilegales).
La cláusula 6.1 no afecta a los derechos del inquilino en virtud de la Ley de protección contra el desahucio de 1977. El arrendador no puede desalojar al inquilino sin que un tribunal haya dictado previamente una orden de posesión.
4.2 Si el Arrendador vuelve a entrar en la Habitación de conformidad con esta cláusula, el Arrendamiento terminará inmediatamente. Cualquier derecho o recurso del Arrendador con respecto a cualquier incumplimiento de los términos de este contrato por parte del Arrendatario seguirá en vigor y será exigible por parte del Arrendador.
4.3 Si el inquilino incumple este contrato o no cumple con cualquiera de sus obligaciones en virtud del mismo, indemnizará al arrendador y al agente del arrendador por todas las responsabilidades y gastos en que se incurra, cualquiera que sea su origen, como consecuencia del incumplimiento por parte del inquilino de este contrato y, en particular, pagará al arrendador, cuando este lo solicite, todos los costes y gastos razonables y adecuados (incluidos los costes y gastos legales y los honorarios pagaderos a un perito y cualquier impuesto sobre el valor añadido correspondiente) en que incurra el Arrendador en relación con los procedimientos relativos al cobro de los atrasos del alquiler o que se deriven de cualquier incumplimiento de las obligaciones del Inquilino en virtud del presente contrato, y indemnizará al Arrendador y al agente del Arrendador por cualquier daño causado a la Habitación y a la Residencia (sea cual sea su causa) durante la vigencia del presente contrato.
5.1 El arrendador se reserva el derecho de que él mismo, o cualquier persona que actúe en su nombre, entre en la habitación y el piso con un preaviso mínimo de 24 horas al inquilino (de forma inmediata en caso de emergencia):
(a) para inspeccionar el estado y el mantenimiento de la habitación, el contenido y el piso;
(b) para cumplir con las obligaciones del arrendador en virtud del presente contrato;
(c) realizar reparaciones o modificaciones en una habitación contigua o en parte de la residencia;
(d) tomar lecturas de los contadores de gas, electricidad o agua; y
(e) mostrar la habitación y el piso a posibles inquilinos o compradores.
(f) para eliminar una molestia
(g) si el inquilino no ha respondido a la solicitud del propietario de ponerse en contacto con él.
5.2 El arrendador tiene derecho a conservar un juego de llaves de la habitación, que solo se utilizarán con el consentimiento previo del arrendatario, salvo en caso de emergencia.
6.1 Al finalizar el plazo concedido por este contrato de alquiler, el inquilino deberá devolver la habitación y su contenido al propietario en las condiciones exigidas por este contrato, junto con todas las llaves y los mandos de acceso a la puerta. Se espera que el inquilino desocupe la habitación y devuelva estos artículos al propietario antes de las 10:00 horas del último día del contrato de alquiler (independientemente de cómo haya finalizado) para que el propietario pueda preparar la habitación para el siguiente inquilino.
6.2 El arrendador tiene derecho a recuperar la posesión de la habitación si:
(a) el contrato de alquiler ha finalizado;
(b) el arrendador ha notificado al inquilino con dos meses de antelación su intención de recuperar la posesión de la habitación;
6.3 El inquilino deberá facilitar al arrendador una dirección de reenvío una vez que haya finalizado el contrato de alquiler. El correo recibido a partir de ese momento será «devueltos al remitente».
6.4 El inquilino deberá retirar todas sus pertenencias personales de la habitación y la residencia una vez finalizado el contrato de alquiler. Si alguna de las pertenencias personales del inquilino se queda en la habitación y el piso después de que haya finalizado el contrato de alquiler, el inquilino será responsable de pagar todos los gastos razonables de traslado y almacenamiento. El arrendador tomará las medidas razonables para notificarlo al inquilino en la última dirección conocida. Si los artículos no se recogen en un plazo de 14 días a partir de la notificación al inquilino, el arrendador podrá deshacerse de ellos y el inquilino será responsable de los gastos razonables de eliminación. Los gastos de traslado, almacenamiento y eliminación podrán deducirse de cualquier ingreso por venta.
7.1 Cualquier notificación enviada al Arrendador en virtud del presente contrato o en relación con él se considerará debidamente entregada si:
(a) se envía por correo urgente a la dirección del Arrendador indicada en la cláusula 9.4;
(b) se deja en la dirección del Arrendador indicada en la cláusula 9.4; o
(c) se envía al número de fax o a la dirección de correo electrónico del Arrendador indicados en la cláusula «Las Partes».
7.2 Cualquier notificación enviada al Inquilino en virtud del presente contrato o en relación con él se considerará debidamente entregada si:
(a) se envía por correo urgente a la Residencia;
(b) se deja en la Habitación o en la Residencia; o
(c) se envía al número de teléfono móvil, número de fax o dirección de correo electrónico del Inquilino indicados en la cláusula «Partes».
7.3 Si se envía una notificación de conformidad con la cláusula 9.1 o la cláusula 9.2, se considerará recibida:
(a) si se entrega en mano, en el momento en que se deja la notificación en la dirección correcta;
(b) si se envía por correo urgente, el segundo día hábil después de su envío; o
(c) si se envía por fax, correo electrónico o mensaje de texto a un teléfono móvil, a las 9:00 a. m. del siguiente día hábil después de su transmisión.
7.4 La dirección para notificaciones del arrendador es la de su agente, Yugo 100 Gray’s Inn Road, Londres, WC1X 8AL
El presente acuerdo y cualquier controversia o reclamación que surja de él o en relación con él, su objeto o su formación (incluidas las controversias o reclamaciones no contractuales) se regirán e interpretarán de conformidad con la legislación de Inglaterra y Gales.
El presente acuerdo se ha celebrado en la fecha indicada al principio del mismo.